El aborto y el dilema del violinista

Tasia Aránguez

Es frecuente que los debates filosóficos acerca del aborto se centren en la polémica acerca de si el cigoto, embrión o feto es una persona. El debate se centra en determinar en qué momento del desarrollo pasamos a ser personas. Cuando se llega a la conclusión de que estamos ante una persona, se determina que esta tiene derecho a la vida. Lo interesante del famoso dilema del violinista, planteado por Thomson, es que parte de unas premisas distintas. Thomson refuta brevemente el argumento de que el feto es una persona, señalando que se basa en la falacia de la pendiente resbaladiza, que lleva a confundir un alcornoque con una semilla. Pero lo interesante de la argumentación de Thomson no es esto. La filósofa da un giro sorprendente a su argumentación y se pregunta: si admitiésemos que un feto es una persona desde el momento de la concepción ¿eso implicaría que el aborto es inmoral?

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Thomson señala algunas opiniones de sentido común que parecen conducir a la idea de la inmoralidad del aborto: cada persona tiene derecho a la vida, así que el feto tiene derecho a la vida. La madre también tiene derecho a decidir qué debe pasar con su cuerpo, pero se afirma comúnmente que el derecho a la vida es más fuerte que el derecho de la madre a decidir sobre su propio cuerpo. Así que el feto no debe ser matado y el aborto no debe permitirse. La autora dice que, aunque esta argumentación suene plausible, tal vez cambiemos de idea con su ejemplo. La filósofa formula entonces su dilema del violinista, que constituye un clásico de la filosofía analítica:

“Te despiertas por la mañana y te das cuenta de que estás espalda con espalda en una cama unido a un violinista inconsciente. Es un violinista famoso que tuvo una terrible enfermedad renal y la sociedad de amigos de la música ha invertido todos los medios médicos disponibles y ha descubierto que tú eres la única persona que tiene el tipo de sangre adecuado para ayudarle. Esta asociación te ha secuestrado y anoche estas personas unieron el sistema circulatorio del violinista al tuyo, de modo que tus riñones serán usados para extraer veneno de la sangre del violinista a la vez que sirven a tu organismo. (…) El director del hospital te dice ahora, “mira, lo sentimos pero la sociedad de amigos de la música te ha hecho esto, nosotros nunca lo hubiéramos permitido si lo hubiésemos sabido. Pero ya ha ocurrido y ahora el violinista está unido a ti. Separarlo de ti implicaría su muerte. Pero no te preocupes, solo serán nueve meses. Luego él se recuperará de su enfermedad y podrá ser retirado de ti sin daño”.

Thomson nos pregunta ¿tenemos la obligación moral de acceder en esta situación? No cabe duda de que sería muy amable de nuestra parte, sería una gran obra de altruismo. Pero ¿tenemos obligación moral de aceptar?, ¿y si no fueran nueve meses?, ¿y si fuesen nueve años?, o incluso ¿y si fuese para siempre?, ¿y si el director del hospital nos dice: tienes que quedarte en la cama para siempre, las personas tienen derecho a la vida y los violinistas son personas, de modo que, aunque admitimos que tú tienes derecho a decidir sobre tu cuerpo, el derecho a la vida es más fuerte que ese derecho?

thomsonThomson, en este punto, nos señala que sabe que estamos pensando que no es lo mismo ser sometidos por fuerza a una operación que acceder voluntariamente a tener relaciones sexuales. Las personas que piensen esto probablemente estarán inclinadas a aceptar el aborto en los casos de violación. Pero esto suena duro si se formula así: “aunque todas las personas tengan derecho a la vida, algunas tienen más derecho que otras, en particular tienen menos derecho a la vida aquellos que existen como resultado de una violación”. Por eso la mayoría de la gente que se opone al aborto lo hace también en casos de violación y también aunque la madre tenga que pasar los nueve meses en la cama, probablemente no se moverían de su posición absoluta sobre el derecho a la vida si la madre estuviera embarazada nueve años o incluso toda su vida. Incluso, muchos de esos opositores no aceptarían una excepción ni siquiera en caso de que el embarazo ponga en riesgo la vida de la madre. Imaginemos que la mujer tiene un problema cardíaco y que, si continúa con el embarazo, probablemente morirá, ¿qué hacemos? Ambos tienen derecho a la vida ¿tiramos una moneda?, dice Thomson, o aceptamos que la suma del derecho a la vida de la madre más su derecho sobre su propio cuerpo, ahora sí, pesan más que el derecho a la vida del feto.

El argumento de los antiabortistas es que matar al feto implicaría un acto de matar, mientras que dejar morir a la madre no implicaría matar, sino dejar morir, que es menos malo. Matar al feto sería matar a una persona inocente. Los antiabortistas pueden pensar que en este caso la mujer tendría un derecho a la legítima defensa, pero que nadie debe ayudarle, aunque sepamos que poco puede hacer una mujer de forma segura por abortar sin ayuda. Sin embargo Thomson refuta este argumento: “Si Jones ha encontrado y cogido un abrigo que le ayuda a alejar el frío, pero Smith también necesita apartar de sí el frío, no sería una lógica imparcialidad afirmar “no puedo elegir entre vosotros” si resulta que el propietario del abrigo es Smith”. Las mujeres han dicho una y otra vez “¡Este es mi cuerpo!”, con muchos motivos para estar enfadadas, y sin embargo han sido ignoradas. Smith difícilmente estaría de nuestro lado si le decimos “por supuesto que es tu abrigo, nadie lo niega. Pero no podemos elegir entre tú y Jones quién debe tenerlo”.

Pero incluso aunque la vida de la madre no esté en peligro, el asunto del aborto sigue siendo problemático. Es posible que lo que necesitemos para continuar vivos sea algo que no tenemos derecho a exigir que se nos dé. El hecho de que el violinista necesite mis riñones para seguir vivo no significa que tenga derecho a continuar usando mis riñones. Solo tendrá derecho a usarlos si yo se lo concedo. Nadie tiene derecho a usar nuestros riñones si no se lo concedemos y por mucho que la sociedad de amigos de la música nos increpe, una vez que descubrimos que tendremos que estar nueve años en la cama con el violinista, no habrá nadie en el mundo que pueda convencernos para que veamos que él tiene derecho a exigir usar nuestros riñones. Thomson señala: “solo estoy argumentando que tener un derecho a la vida no implica que tengamos derecho a utilizar el cuerpo de otra persona, incluso ese sea el único modo que tendríamos de permanecer con vida”. El derecho a la vida no consiste en no ser asesinado, sino en no ser asesinado injustamente. Solo afirmando esto podemos comprender que el violinista tiene derecho a la vida, pero eso no significa que actuemos injustamente si lo desconectamos, y muere como consecuencia de ello.

Ahora Thomson se pregunta si podemos considerar que una madre ha otorgado al feto derecho a usar su cuerpo y que estar embarazada implica haberle dicho al feto: “te invito a entrar”. Aunque ella no lo invitase a entrar ¿no es parcialmente responsable por su presencia, dado que ella tuvo relaciones sexuales?, ¿ha otorgado ella al feto legitimidad para vivir en su cuerpo? Este argumento exceptuaría los casos de violación, en los que el feto en ningún caso tendría derecho a vivir en el cuerpo de la madre sin que esta así lo quisiera. En el resto de casos ¿estar embarazada equivale a otorgar derecho al feto? “Imaginemos que una habitación está cargada y yo abro la ventana para airearla y un ladrón escala y se cuela, sería absurdo decir “ahora él puede quedarse, ella le ha dado derecho a usar su casa, es parcialmente responsable de su presencia ahí, voluntariamente le ha permitido acceder en pleno conocimiento de que 37548-imageexisten los ladrones y que los ladrones se cuelan en las casas”. Esto sería aún más absurdo si yo tuviera rejas instaladas en mis ventanas, precisamente para prevenir a los ladrones entrar, y el ladrón hubiera entrado solo por un defecto en las rejas. Sería igualmente absurdo si imaginamos que no es un ladrón quien escala, sino una persona inocente que ha caído ahí.”

“Supongamos que las semillas de persona volaran por el aire como el polen y que, cuando tú abriste tu ventana, una semilla aterrizó en tu suelo y enraizó en tu alfombra. Tú no quieres niños, así que habías cerrado tu ventana con finas mosquiteras, las mejores que pudiste comprar. Sin embargo a veces ocurre que en, muy, muy raras ocasiones, una de esas mosquiteras es defectuosa y permite a una semilla entrar y enraizar ¿tiene la persona que ahora se desarrolla derecho a usar tu casa? Seguramente no, a pesar del hecho de que voluntariamente abriste tu ventana, de que tenías puestas alfombras y de que sabías que a veces las mosquiteras son defectuosas. Es posible que algunos argumentasen que ha enraizado por tu culpa, porque tú podías haber vivido sin alfombras, o podrías haber sellado ventanas y puertas.” Sin embargo nadie recomendaría a la víctima de violación haberse sometido a una histerectomía. Parece que la gente distingue ciertos casos en los que el feto tiene un supuesto derecho a utilizar el cuerpo de la madre y el aborto se considera injusto, y otros casos en los que no.

Utilizar el término derecho del feto a usar el cuerpo de otra persona parece desacertado. Aunque nos pareciese indecente no permitirle usar su cuerpo y consideremos que la madre debería dejarle usar su cuerpo, de ello no se sigue que el feto tenga un derecho a usarlo. No deberíamos deducir “tienes un derecho” a partir de la expresión “deberías”, porque nadie está moralmente obligado a realizar enormes sacrificios de salud o a tener inmensas complicaciones durante nueve años, o incluso durante nueve meses, a fin de mantener la vida de otra persona. La generosidad tiene grados, por ejemplo, podemos meternos en medio de una agresión para intentar impedir un asesinato, poniendo en peligro nuestra vida; o podemos llamar a la policía por teléfono. Cualquier persona decente haría lo último y, por no hacer lo primero, no significa que uno sea un monstruo. En ningún país del mundo las leyes obligan a realizar sacrificios tan grandes y, sin embargo, la prohibición del aborto obliga a las mujeres a ser heroínas moralmente hablando. La gente que está a favor de que el Estado prohíba el aborto debería exigir que se obligase al mismo nivel de heroicidad a todas las personas en todos los ámbitos de la vida. Pero incluso aquel que quiera realizar ese sacrificio, y que tiene la capacidad de plantearse si estaría dispuesto a hacerlo, no debería tener el derecho a decidir sobre el uso de los cuerpos de otras personas.

fetoAlgunos afirman que lo relevante no es que el feto es una persona, sino que es una persona con la que la mujer tiene un tipo especial de responsabilidad basado en el hecho de que ella es su madre, y por tanto, todas estas analogías son irrelevantes, pues nosotros no tenemos ningún tipo de responsabilidad especial hacia ese violinista. Tanto las mujeres como los hombres están obligados por la ley a hacerse cargo de sus hijos. Pero Thomson sostiene que no podemos tener ningún tipo de responsabilidad especial hacia una persona a menos que la asumamos explícita o implícitamente. Si unos padres no intentan evitar un embarazo y no recurren al aborto, sino que tienen al bebé, ellos están asumiendo responsabilizarse del bebé, le están dando derechos y no pueden zafarse de su responsabilidad cuando vean el enorme coste que tiene sobre sus vidas. Pero si ellos han tomado todas las precauciones razonables contra tener un bebé, no tienen responsabilidad simplemente por su relación biológica con el niño que viene. No se les puede exigir inmensos sacrificios.

Puede haber casos en los que una persona mínimamente decente aceptaría tener el bebé, pero habrá casos inasumibles para cualquiera. Por ejemplo, imaginemos el caso de una chica asustada y desesperada de catorce años, que aún va a la escuela, embarazada a causa de una violación. Ella por supuesto debe poder abortar, y unas leyes que se lo impidan serían unas leyes psicopáticas. Habrá otros casos que nos resulten indecentes, como el de una mujer embarazada de siete meses que quiera abortar debido a los inconvenientes de tener que posponer un viaje al extranjero. En cualquier caso, estos reproches morales no deberían dar lugar, como castigo, a las heroicas obligaciones jurídicas que implica la maternidad.

Thomson aclara que ella no está diciendo que exista un derecho a matar. Obviamente, el feto necesita estar en el cuerpo de la madre para sobrevivir. Pero, imaginemos que el violinista, al ser desconectado, sobrevive milagrosamente; no tendríamos, por supuesto, derecho a matarlo. Simplemente tenemos derecho a desconectarnos de él aunque le cueste la vida. Esta tesis no contentará a algunas defensoras del aborto que se imaginan devastadas dando en adopción a su bebé, un pedazo de ellas mismas, y que en lugar de ello preferirían su muerte. Esta posición le parece a Thomson muy insensible. Por último Thomson recuerda que ha partido del supuesto de que un feto es una persona desde el momento de la concepción. Sin embargo, señala, un aborto muy temprano no es, desde luego, equivalente a matar a una persona.

Puntos de apoyo

Judith Jarvis Thomson: A Defense of Abortion.

11 comentarios en “El aborto y el dilema del violinista

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  2. jesusmmorote

    Gracias Tasia, por traer a colación la cuestión del aborto bajo un prisma filosófico. Aunque no creo que la Filosofía pueda dar ninguna respuesta firme sobre si debe o no admitirse o penalizarse el aborto, sí creo que nos puede ayudar a enfocar bien el problema, que debe solventarse en otras instancias que no son la puramente filosófica.

    Me da la impresión de que Jarvis desenfoca totalmente el debate al plantearlo en los siguientes términos simplificados: «El feto humano es una persona, ¿es una proposición verdadera o falsa?». Si la proposición es verdadera, entonces la penalización jurídica del aborto está justificada; pero si la proposición es falsa, entonces no.

    Pero primero deberíamos preguntarnos: esa proposición (el feto humano es una persona) ¿es una proposición sintética o analítica? Si fuera sintética, la verdad o no de la proposición dependería de la experiencia, normalmente científica médico-biológica. Pero yo creo que se trata de una proposición analítica, que, por tanto, siempre sería verdadera. Y lo sería porque dependerá no de la verificación externa y experimental, sino de la definición que el que afirma su veracidad da a los términos «feto» y «persona», definiéndolos de tal manera que la clase de las «personas» incluye siempre a los fetos, y la clase de los «fetos» está incluida siempre en la clase de las personas.

    Es obvio que, a partir de ahí, no hay ningún acuerdo posible entre los defensores de la despenalización del aborto y sus detractores, pues ambos se mueven en posturas tautológicas y, por tanto, inatacables argumentalmente.

    Por otro lado, tampoco es imprescindible contestar positivamente a la pregunta «¿es el feto humano una persona?» para defender la protección jurídica del feto. El Código penal protege bienes jurídicos como la vida de animales no humanos, especies vegetales o entornos paisajísticos inanimados, geológicos o minerales. Por tanto, no se ve por qué no podría defender al feto humano incluso si este no fuera una persona.

    Además, incluso no considerando al feto como algo autónomo y distinto de la madre en cuyo vientre se aloja, nada obsta a que pueda ser merecedor de castigo penal la práctica del aborto. Por ejemplo, en España no se admite el auxilio al suicidio o la práctica de la ablación del clítoris, incluso aunque esta sea consentida. Sin embargo se admite la extirpación de los órganos sexuales masculinos si es consentida, para el cambio de sexo.

    El Código Penal no sanciona comportamientos contrarios a la Ética, sino contrarios a las reglas básicas de la convivencia social. Por tanto, cualquier debate ético sobre el aborto no debería pretender ser trasladado a la política penal. La bondad o la maldad del aborto y de los abortistas es cuestión que debemos dejar a los predicadores, pero no nos concierne a los filósofos que hace tiempo que hemos dado por finiquitadas las filosofías del Bien y el Mal (desde la defenestración ideológica de Platón y su mundo Ideal).

    Por tanto, de lo que se trata es de encontrar el punto justo de equilibrio en la penalización y despenalización del aborto. Creo que no se repara suficientemente (y Jarvis, desde luego, no parece hacerlo) en la relación que tiene el aborto con las ideas vigentes en una sociedad acerca del sexo y sus relaciones con la procreación. Aunque no dispongo de un análisis histórico y de sociología comparada, tengo la creencia de que las sociedades que vinculan más el sexo con la reproducción son más antiabortistas que las que ven en el sexo no solo una vertiente reproductora de la especie, sino una vertiente de desarrollo personal, de relaciones sociales, incluso de mero placer, que son más proabortistas.

    Evidentemente, la valoración de la sexualidad como un rasgo de la personalidad, más allá de la mera funcionalidad reproductiva, conlleva que la sociedad se muestre más predispuesta a aceptar las relaciones sexuales sin finalidad reproductora. En tales circunstancias, el varón no asume ningún riesgo en la sexualidad, mientras que la mujer sí, pues siempre está latente el riesgo de embarazo. Como siempre cabe la posibilidad de un fallo en los mecanismos preventivos anticonceptivos, o un mero descuido disculpable en la vorágine emocional de la pasión sexual, no podemos desentendernos, en una sociedad que valora la sexualidad por sí misma, más allá de su función reproductora, del problema del embarazo indeseado. En este caso el interés jurídico de la reproducción de la especie, en las sociedades a que me refiero, pasa a contraponerse al interés jurídico de la defensa de una vida placentera y plena (lo que incluye la sexualidad).

    Eso me lleva a considerar que, frente al absolutismo de la prohibición total de las prácticas abortivas y el absolutismo de la libertad total para practicar el aborto en cualquier caso y sea cual sea el periodo de gestación y el grado desarrollo del feto, las sociedades occidentales han buscado un compromiso, ciertamente tenso, entre posturas ideológicamente radicales dependiendo de la valoración de la reproducción y la sexualidad, que se suele concretar en las «leyes de plazos», permitiendo el aborto solo hasta determinado periodo de gestación. Evidentemente, si la madre no ha decidido abortar en dicho plazo, parece razonable pensar que ha decidido tener el hijo (ya ha tenido tiempo para pensarlo) y ha adquirido un compromiso de maternidad que la vincula jurídicamente.

    Algunos casos legales (violación, malformación, peligro para la vida de la madre) se dan por supuestos y perfectamente asumidos socialmente, salvo en ciertos grupúsculos de fundamentalistas. Montar un debate sobre tales supuestos parece excesivo en el estado actual de la cuestión. Por tanto, creo que lo importante es el debate (no filosófico, seguramente, sino jurídico y social) sobre los plazos para abortar libremente. No creo que la aportación de Jarvis contribuya en gran cosa a clarificar ese debate y, por tanto, más allá de servir como pretexto para debatir la cuestión, no le concedo gran importancia, la veo más como un falso debate.

    Un saludo.

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  3. David Feltrer Bailén

    Yo sólo quiero apuntar una cosa. El aborto no es un método anticonceptivo. Y sin embargo, en la actualidad se está vendiendo como tal. Tal vez debería hacerse más hincapié en el uso de los métodos anticonceptivos -que los hay de todos los colores y sabores- y no tanto en el aborto, que debería -en mi opinión- considerarse como última salida.

    Saludos

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  4. Elías

    Hola Tasia

    Bueno, y empezando por el final, sigo sin saber, y creo que me quedaré sin saberlo, cuando y por qué un hombre es responsable de su bebé. Lo único que está claro es que serán las mujeres las que decidan cuando abortarán o cuando no abortarán como serán las que decidan cuándo ( aunque no sepamos el por qué) el hombre será responsable (de una u otra forma) de la criatura en el caso de que ellas (y únicamente ellas) decidan tenerlo. Si ellas deciden no tenerlo pues no lo tendrán, y nada tendremos que decir, y si deciden tenerlo entonces nosotros tendremos que ser responsables ( de una u otra forma) e independientemente de todo lo hayamos dicho o de lo que podamos decir. Pues nada, esa será nuestra cruz. Sí, lo sé, Tasia, sé lo que estarás pensando. Estarás pensando algo parecido a : “ Nosotros ya tuvimos nuestra cruz y ahora os toca a ustedes”.

    Dices: “Incluso puede considerarse una suerte de responsabilidad objetiva derivada de las ventajas biológicas que tienen los hombres para reproducirse y para tener una sexualidad despreocupada, frente a la carga que asumen las mujeres como sexo (que constituye una carga imprescindible para la continuidad de los seres humanos en su conjunto, hombres y mujeres)….”

    No te preocupes, Tasia. Quizá las mujeres de tu generación no hayan tenido una sexualidad despreocupada pero en la actualidad la cosa está ya bastante igualada. Supongo que esa sexualidad despreocupada, que ahora también deberías de empezar a atribuirle a las de tu género, lo juzgarás como todo un logro. Una cuestión es una sexualidad comprometida pero gozada libremente y otra bien distinta es una sexualidad despreocupada. Precisamente ahora, y hacia lo que se tiende en esta sociedad, es hacia una sexualidad gozada libremente ( lo cual constituye un avance) pero vivida de forma despreocupada ( lo cual constituye un absoluto retroceso). Eso sí, se trata de una práctica que atañe tanto a hombres como a mujeres.

    En cuanto a la segunda cuestión da de por sí para capítulos enteros. Y no quisiera demorarme en exceso. Así que daré unas breves pinceladas. Efectivamente, es una célula en el cuerpo de la madre. Pero de entrada no es una célula cualquiera. De hecho tiene un código genético diferente al resto de las células de la madre ( y eso ya significará algo). Y lo que habría que ver es si esa célula goza o no de individualidad aún estando “inmerso” en el resto de células de la madre. Dices: “Difícilmente cabe pensar en los derechos de ambos (mujer y bebé) como si se tratase de sujetos separados, dado que están físicamente unidos ambos sujetos.”. Sí, pero fíjate en el final de tu frase “…físicamente unidos ambos sujetos”. Pues si se trata de varios sujetos entonces no se hace tan difícil el pensar en los derechos de ambos. Pero insisto, este tema daría mucho de sí y necesitaría de un tratamiento aparte.

    En cuanto a la primera cuestión sigo sin “ver” tu punto de vista. Vamos a ver, si un rigorista Kantiano considera que esos principios generales son de estricto cumplimiento, y su no realización conllevan una sanción moral, lo que no puede decir a continuación es que la no realización de dicho deber moral está plenamente justificado. Es que de ser así entonces no sería rigorista Kantiano o no defendería una ética deontológica. Es que de hecho tú mismo así lo consideras al decirnos: “ La pregunta de la que parte es sutilmente distinta, porque ahora tiene en cuenta su circunstancia particular desde el principio y no solo al final, para trasladar a su vida unas premisas universales. Ahora su vida forma parte de las premisas”

    Pues claro, eso era lo que te decía precisamente en mi mensaje anterior. O una persona cree que existen unas leyes morales de estricto cumplimiento, y por tanto, que deben de ser cumplidas al margen del cualquier circunstancia o considera que existen unos principios heurísticos que conjuntamente con las circunstancias particulares y con las consecuencias que se puedan derivar de dicha acción son los que establecen la moralidad o no de una acción. Pero las dos cosas, no.

    Eso es como si una persona dijera que existe una ley moral por la cual debe de devolverle la cartera a quien la haya perdido independientemente de toda otra circunstancia. Pues si eso es lo que piensa entonces tendrá que devolverle la cartera a cualquier persona que la haya perdido independientemente de todo otra circunstancia.
    Lo que sería contradictorio es que esa persona, y al encontrarse una cartera, se hiciera la siguiente sutil pregunta: ¿ debo de devolverle la cartera a su propietario si sé que el dinero que en ella se encuentra es fruto de un robo o va a servir para un secuestro?

    Lo que no tiene sentido, y por contradictorio, sería que esa persona nos dijera que no es inmoral no devolverle la cartera a esa persona porque hay determinadas circunstancias que justifican el no devolverle la cartera cuando con anterioridad dice (o defiende) que hay que devolver cualquier cartera independientemente de toda circunstancia. O lo uno o lo otro pero no las dos cosas a la vez.

    Es decir, o una mujer considera que el aborto es inmoral bajo toda circunstancia o considera que puede justificarse en determinadas circunstancias. Y si considera que el aborto es inmoral bajo cualquier circunstancia lo que no puede decir a continuación, y a raíz de una pregunta sutil, es que el aborto está justificado en determinadas circunstancias. Es decir, si esa mujer dice: “las acciones imposibles o heroicas no son moralmente exigibles (no dan lugar a obligaciones morales). Por tanto, no tiene la obligación moral de preservar la vida del feto” lo que no puede mantener a la vez es: “los principios morales generan obligaciones morales. Por tanto ella concluye que tiene la obligación moral de preservar el derecho a la vida del feto.”. Es que simplemente se trataría de un contrasentido.

    Verá, yo podría llegar a aceptar que el aborto puede estar justificados en determinadas circunstancias. Con lo que estoy radicalmente en contra es que sea cada mujer, y según su leal saber y entender, la que juzgue sobre esas circunstancias. Esto último es lo que me parece un auténtico disparate.

    Es que lo que has propuesto es que una sociedad no debería de regular dicha cuestión y que además sea únicamente la mujer, y según su leal saber y entender, y aunque se trate de la mayor de las analfabetas, la que tome dicha decisión. Verás, la cuestión del aborto es muy compleja. No solo, y para pronunciarse adecuadamente, hay que conocer sobre genética y embriología sino que además hay que conocer sobre cuestiones filosóficas ( ¿qué es ser persona?, ¿cuándo se es persona?, conceptos como el de individualidad, tipos de éticas, etc…..) además de conocer sobre aspectos psicológicos, etc. Es decir, las cuestiones de bioética son cuestiones pero que muy complejas. Francamente, el que todo se deje en manos de la mujer embarazada, y en base a sus conocimientos sobre la cuestión pudiendo llegar a considerar que simplemente se trata de un problema de “celulitas” o que se deje en manos de su carácter psicológico o de lo que ella considera un acto heroico, me parece, y como ya he dicho, un auténtico disparate. Otra cosa es que la sociedad, y en base a los nuevos conocimientos aportados desde la psicología, la genética, la embriología o la filosofía vaya profundizando y reinterpretando dichas cuestiones. Pero es que no de ser así al final, y como ya dije en un principio, se podría producir un deslizamiento hacia el relativismo moral y hacia una ética subjetiva del todo insostenible.
    Y si en esos comités hay hombres pues también habrá que hacer caso de lo que digan por muy hombres que sean y aunque no hayan, y previsiblemente no lo hagan durante mucho tiempo, parido en su vida.

    Un saludo cordial.

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  5. tasia1987 Autor

    Hola Elías, el debate que planteas es muy interesante. En relación con la primera cuestión, creo que tendría que aclarar mejor qué ocurre con la obligatoriedad moral. Pongamos por caso que una mujer está embaraza y se pregunta, ¿existe la obligación moral de continuar con mi embarazo?

    Pongamos que ella está de acuerdo con la premisa: los fetos son personas. También reconoce la premisa «todas las personas tienen derecho a la vida». Y concluye: el feto tiene derecho a la vida. También está de acuerdo con la premisa «los principios morales generan obligaciones morales». Por tanto ella concluye que tiene la obligación moral de preservar el derecho a la vida del feto.

    Ahora bien, se formula esta segunda pregunta, ¿tengo yo la obligación moral de continuar con mi embarazo?

    La pregunta de la que parte es sutilmente distinta, porque ahora tiene en cuenta su circunstancia particular desde el principio y no solo al final, para trasladar a su vida unas premisas universales. Ahora su vida forma parte de las premisas. La mujer se plantea: este feto es una persona; tener a este bebé supondría un enorme sacrificio dado que estoy en paro, no puedo confiar en que mi pareja colaborará con la crianza, la sociedad no ofrece ayudas económicas (o estas son irrisorias), tengo que buscar trabajo de forma apremiante y el cuidado continuo que precisa una criatura no me permitiría hacerlo, me gustaría tener en el futuro una pareja que me quisiera y una criatura (en una sociedad como esta) me lo dificultaría. Por tanto no puedo continuar adelante con este embarazo. Ella está de acuerdo con la premisa, «las acciones imposibles o heroicas no son moralmente exigibles (no dan lugar a obligaciones morales). Por tanto, no tiene la obligación moral de preservar la vida del feto.

    Ella se ve atrapada entre dos conclusiones contradictorias y ambas son válidas. La primera ha partido de una deducción teórica cuya premisa menor era la vida del feto. La segunda ha partido de una deducción cuya premisa menor era su imposibilidad fáctica de tener a esa criatura. La segunda incluye aspectos concluyentes, en el plano fáctico, que no incluye la primera y que poseen una suerte de prioridad ontológica. La imposibilidad elimina la pertinencia de continuar la reflexión. Entonces, no es que la obligación moral abstracta de preservar la vida del feto se elimine, lo que ocurre es que tal obligación moral se revela como irrealizable, y por tanto no puede considerar que ella tenga una obligación (exigencia) en sentido fuerte. No podemos sentirnos obligados a hacer cosas que creemos que no nos es posible realizar. Si esta mujer tuviera una ética rigorista, al no poder otorgar prioridad ontológica al ámbito de lo posible, se encontraría en la trágica situación de estar atrapada por entre dos conclusiones contradictorias: tiene una obligación moral y no la tiene.

    La segunda cuestión que planteas es aún más complicada. La vida del feto y la de la mujer son tan inseparables durante el embarazo que en los primeros estadios es difícil concebirlos como existencias separadas (es una célula en el cuerpo de la madre). Ese vínculo físico se va debilitando progresivamente. Esto hace que plantear la capacidad de decisión del padre acerca del aborto de la criatura tenga un componente importante e intolerable de intromisión en el cuerpo de la mujer. La criatura solo es independiente del cuerpo de la mujer una vez que ha salido del mismo, y por tanto, solo a partir de ese momento puede tomarse una decisión acerca del bebé que no suponga a la vez tomar una decisión (de gran entidad) acerca de algo, tan inalienable, como es el cuerpo de otra persona. Difícilmente cabe pensar en los derechos de ambos (mujer y bebé) como si se tratase de sujetos separados, dado que están físicamente unidos ambos sujetos. Una vez que nace el bebé, ¿se debería considerar que los padres, dado que no pueden abortar (ni tienen legitimidad moral para decidirlo), no tienen ninguna responsabilidad moral sobre el bebé? Tal vez hayan asumido esa responsabilidad durante el embarazo, estando presentes, pero tal vez no. Es posible que nunca quisieran tener a esa criatura.

    La responsabilidad que esta sociedad exige al padre que no quiere hacerse cargo suele ser patrimonial (hay muchas madres solteras y padres que, con suerte, pagan una irrisoria pensión), no creo que dicha responsabilidad sea tan grande como para considerar que es necesario algún tipo de compromiso explícito. Incluso puede considerarse una suerte de responsabilidad objetiva derivada de las ventajas biológicas que tienen los hombres para reproducirse y para tener una sexualidad despreocupada, frente a la carga que asumen las mujeres como sexo (que constituye una carga imprescindible para la continuidad de los seres humanos en su conjunto, hombres y mujeres). De no existir esa responsabilidad patrimonial, probablemente las consecuencias sociales para la especie, serían costosas. De hecho el exceso de responsabilidad social que recae sobre las mujeres explica en gran medida la caída de la natalidad y la crisis de los sistemas de pensiones.

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  6. Elías

    Hola Tasia

    Dices que hay que diferenciar entre lo moralmente reprobable y lo que es moralmente reprobable pero cuya evitación no es moralmente exigible. Que va más allá de lo racionalmente exigible.Pues bien, yo no estoy de acuerdo con ello. Si algo es moramente reprobable entonces su no realización es moralmente exigible. Es que si la no realización de una determinada acción ( evitar el aborto) no fuera moralmente exigible entonces no sería moralmente reprobable tal acción.

    Entendería que no estuvieras a favor de las éticas deontológicas. De esas éticas del deber por el deber ( rigorismo Kantiano). Es decir, de aquellas éticas que, y para la valoración moral de una determinada acción, tienen en cuenta únicamente una serie de principios al margen de las consecuencias prácticas que pudieran derivarse de la realización de dicha acción.

    Entendería perfectamente que estuvieras a favor de las denominadas éticas de la responsabilidad. Es decir, de aquellas éticas que para valorar moralmente una determinada acción tienen en cuenta unos principios generales y las consecuencias que se derivan de la aplicación de tales principios.

    En las éticas deontológicas si el aborto es inmoral entonces dicha práctica lo es independientemente de toda circunstancia. Es ese tipo de éticas rigoristas sí que cabría hablar de heroicidad al margen del tema que se estuviera tratando. Ese deber por el deber es algo heroico, efectivamente. Eso sí, en esas éticas no podría decirse ( ni en ninguna otra) que hay que diferenciar entre lo moralmente reprobable y lo que es moralmente reprobable pero cuya evitación no es moralmente exigible.

    ¿Qué ocurre en las éticas de la responsabilidad? En dichas éticas los principios generales no son principios de obligado cumplimiento sino que son, y por así decir, principios heurísticos o inspiradores. Por tanto, y de dichos principios, no cabe hacer una valoración moral con carácter general. Será la valoración que se haga de dichos principios conjuntamente con la situación en que deban de aplicarse y de las consecuencias que se deriven de dicha aplicación lo que dictamine si una la realización de una determinada acción es moral o no. Eso sí, cuando se determine que una determinada acción es inmoral entonces tampoco cabe decir que la realización de tal acción no es moralmente exigible ya que en dicha valoración se ha tenido en cuenta la situación en que se aplica y las consecuencias de dicha aplicación.

    O dicho de otra forma, no considero que sea sostenible el decir: “ diferenciar entre moralmente reprobable y lo que es moralmente reprobable pero cuya evitación no es moralmente exigible”. Otra cuestión es que lo que para una ética es inmoral no lo sea para otra. Pero eso sí, cuando para una ética, sea ésta la que fuera, algo es considerado inmoral entonces no cabe decir a continuación que la realización de tal acción puede ser disculpado.
    Es que da la sensación de que lo que se está diciendo es algo parecido a lo siguiente: “ Para determinadas éticas rigoristas el aborto es inmoral pero desde una ética de la responsabilidad existen situaciones que no son moralmente condenables y por tanto hay que distinguir entre unos principios generales en los que se juzga, y desde éticas rigoristas, que el aborto es inmoral en toda situación de las éticas de la responsabilidad en que se juzga que determinados abortos pueden estas justificados”. Claro, efectivamente, así es. Pero es que ello no significa que desde una ética, sea ésta la que sea, y una vez que ya se ha juzgado que algo es inmoral, entonces podamos decir a continuación que la realización de tal acción puede ser disculpada porque exige cierto heroísmo.

    Por cierto, en relación a la cuestión sobre la que te pregunté tienes toda la razón al decir que no crees que sean equiparables en absoluto la situación de padre y de la madre. Efectivamente, tienes toda la razón, no son equiparables la situación del padre, de la madre y la del bebé .

    Y sí, efectivamente, no vivimos en una sociedad ideal. Y ese es el motivo por el cual, y tú como mujer, luchas por lo que consideras unos derechos justos para la mujer. Pero es yo como hombre también lucho por unos derechos justos para con el hombre. No sé, es que da la sensación de que los hombres, y por el hecho de ser hombres, y hasta que no se alcance un estado ideal, no tenemos absolutamente nada que decir( y no sé si después también tendríamos algo que decir). Es que parece que aquí quien único tiene algo que decir es la mujer. Parece que los bebés no tienen nada que decir ( ni nadie que hable por ellos) como los hombres tampoco tenemos nada que decir. Parece ser que serán únicamente las mujeres las que decidan cuando abortaran y cuando el hombre será o no responsable de dichas criaturas y a callar todo el mundo.

    Por cierto, dices: “Pero incluso si considerásemos que es la responsabilidad de la crianza el factor determinante para la decisión del aborto (pasando por completo del cuerpo de la mujer)..” Verás, creo que no me has entendido. Si un hombre, y porque vive en un estado de pobreza y porque sabe que el niño viene con una malformación profunda considera que no desea tener ese niño, pero a pesar de ello la madre, y pasando ella misma por encima de su propio cuerpo, decide tenerlo pues entonces que sea ella la que se haga responsable de su crianza. Es que si una madre pueda abortar de un bebe porque su situación económica es de pobreza además de venir el niño con una malformación profunda y el padre no puede hacer absolutamente nada aunque desee tenerlo entonces no parece justo que al padre se le pida un acto de heroicidad si ha decidido no tenerlo haciéndole responsable de tal criatura. Y si no estás de acuerdo deberías de decirnos el porqué. Porque de no ser así parece que la mujer no es solo que decida sobre su propio cuerpo sino que también decide sobre la vida del bebé ( el bebé está en su cuerpo pero no es su cuerpo) y además también decide sobre cuando el hombre será o no responsable de la crianza del bebé.

    Imagínate la siguiente situación. Un padre reclama justicia ante un juez para que su mujer no aborte y el juez le dice al padre que no tiene nada que hacer si su mujer decide abortar. Entonces el padre le dice al juez que él también es responsable de la vida de ese niño y el juez le dice que la única responsabilidad es la madre. Pues bien, imaginemos que la mujer se arrepiente y decide cambiar de opinión mientras que el padre hace los mismo y también cambia de opinión. Cuando nace el bebé se le hace responsable al padre de la criatura no estando el padre de acuerdo con tal responsabilidad. Entonces el padre va al mismo juez y le dice que él no es responsable de esa criatura y que la responsabilidad recae únicamente sobre su mujer. A lo cual el juez le dice que de eso nada. Que él es tan responsable como su mujer de la crianza de dicho bebé. Claro, el hombre se irá aturdido y pensando: ¿Pero cuándo demonios soy yo responsable de la criatura y con base en qué?

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  7. tasia1987 Autor

    Hola Elías, gracias por tu comentario. La diferencia no está solo entre las obligaciones morales y las obligaciones jurídicas, sino también entre lo que es moralmente reprobable y lo que es moralmente reprobable pero cuya evitación no es moralmente exigible. En este último supuesto entran todos los supuestos en los que la realización de una acción moral (o la evitación de una acción inmoral) supondría un esfuerzo que va más allá de lo racionalmente exigible. Lo racionalmente exigible es un criterio indeterminado, pero se puede incluir ahí todo comportamiento heroico, bajo estado de necesidad, con legítima defensa o con estados que eximan de responsabilidad (por ejemplo, por alguna pérdida de la capacidad de raciocinio). La cuestión es si consideramos que pasar por un embarazo que no se desea va más allá de lo racionalmente exigible.

    Aquí entran en juego consideraciones acerca de los peligros, merma física y daños psicológicos que un embarazo no deseado puede producir. El parto también es un momento riesgoso y de total pérdida de control del cuerpo, que queda bajo control médico (por motivos de seguridad, pero no deja de ser un proceso alienante). Si todo esto se produce por obligación legal o social, sin voluntad de la persona que lo sufre, se vuelve una auténtica tortura sobre el cuerpo y la mente. Creo que eso va más allá de lo racionalmente exigible a alguien.

    No creo que sean equiparables en absoluto la situación del padre y de la madre, porque él no vive el embarazo ni el parto. Pero incluso si considerásemos que es la responsabilidad de la crianza el factor determinante para la decisión del aborto (pasando por completo del cuerpo de la mujer), aún estamos muy lejos de tener una sociedad en la que el hombre tenga la misma carga en la crianza que la mujer, por motivos de presión social, estereotipos diferenciados, costumbres relativas al reparto de tareas, etc. Todo eso se refleja en la estadísticas de quién tiene reducciones de jornadas, trabajos a tiempo parcial y empleo precario para compatibilizarlo con las tareas de cuidados. Y luego está el concepto de la «mala madre» si eres una profesional que dedicas mucho tiempo a tu trabajo. El caracter «oneroso» de la crianza para las mujeres tiene clara visibilidad en el sistema de pensiones y en la brecha de género, entre otros datos cuantificables.

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  8. Elías

    Hola Tasia

    Dices: “Aunque el aborto nos pareciese algo terrible, ello no tendría porqué dar lugar a la obligatoriedad moral de mantener nuestro embarazo, dado que podríamos necesitar abortar debido a los aspectos onerosos que suponen el embarazo y el parto (hay múltiples situaciones imaginables). Además, tener un bebé (y también estar embarazada) es algo demasiado serio como para constituir algo que se hace por obligación o por castigo social. Solo la mujer embarazada tiene derecho a valorar si está dispuesta a asumir ese proceso heroico.

    No entiendo muy bien lo que quieres decir. No sé si lo que quieres decir es lo que has dicho, lo cual no entiendo muy bien, o lo que has querido decir es que aunque el aborto nos pudiera parecer algo terrible desde el punto de vista moral no tendría porqué dar lugar a una obligatoriedad legal de mantener dicho embarazo. No sé si estás defendiendo el iuspositivismo o el positivismo jurídico en esta cuestión.

    Y sí, efectivamente, tener un bebe es algo tan serio para dejarlo únicamente en manos ( ¿al arbitrio?) de la mujer. Porque créeme, aquí es donde radica, entre otras cuestiones, el problema de fondo. No es que en algunos casos pueda estar justificado el aborto sino que lo que podría ser terrorífico es que la práctica del aborto sea cuestión únicamente de las mujeres y con base en un concepto tan difuso como el de heroicidad. A saber lo que cada mujer entiende por heroico.

    Por cierto, he pensado hace algún tiempo lo siguiente. Me gustaría saber lo que te parece. Si las mujeres son las únicas que deciden sobre si se ha de abortar propongo los siguientes escenarios:

    1.- El padre y la madre desean tener al bebe. Pues bien, si el niño o la niña nace entonces ambos serán responsables de esa criatura

    2.- El padre y la madre no desean tener el bebe. Pues bien, si abortan ambos estarán de acuerdo.

    3.- El padre desea tenerlo y la madre no desea tenerlo. Pues bien, en ese caso la decisión la tomará la madre y abortará.

    4.- El padre no desea tenerlo pero la madre sí desea tenerlo. En este caso, y si la madre desea tenerlo, entonces ella será la única responsable de dicho bebé sin poder hacer responsable desde el punto de vista legal al padre. Un padre, y por las condiciones económicas o psicológicas en las que vive puede desear, y no por frivolidad, no tener dicho bebé. Creo que sería razonable, y ya que una mujer puede esgrimir estos mismos argumentos para abortar, el que se tuviera en cuenta para posteriormente, y en caso de que la madres decida tenerlo, no hacer responsable legal a ese padre.

    Un saludo

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  9. tasia1987 Autor

    Considero que la tesis de Jarvis no implica relativismo moral. El primer aspecto interesante de su propuesta es que separa la pregunta por la moralidad del aborto de la pregunta por la obligatoriedad moral de vivir un embarazo y traer un bebé al mundo. Podíamos pensar que el aborto es inmoral (supone matar a una persona inocente) pero, a la vez, negar la obligatoriedad de una mujer de continuar con el embarazo que no desea.

    La clave está en la noción de heroísmo. La autora sostiene que no es moral que un sistema jurídico exija a las personas que realicen actos heroicos. El heroísmo tampoco puede constituir una obligación moral (aunque podamos pensar que la actitud heroica es mejor, moralmente hablando, que otra, por eso Jarvis pone el ejemplo moralmente rechazable de una mujer que aborta porque quiere posponer un viaje).

    La autora, con su paradoja, señala la violencia contra el cuerpo que supone el embarazo no deseado y también alude a lo oneroso de la maternidad y crianza (cuando señala lo de estar en la cama 9 meses o 9 años con el violinista). Señala que las exigencias morales no pueden sobrepasar determinados límites de sacrificio (aunque aplaudamos a las personas que quieran sobrepasarlos, y aunque nosotros mismos creamos que en esa situación actuaríamos de otro modo por motivos éticos).

    El caso del abrigo no pretende ensalzar la propiedad privada sino enfatizar nuestro derecho a defender nuestra propia vida digna incluso frente al derecho de los demás a defender la suya. El título de legitimidad basado en la propiedad pretende defender el título de legitimidad que otorga el derecho sobre el propio cuerpo. Cualquiera entiende que, si alguien te disputa algo que te pertenece y que necesitas para vivir, el Estado va a proteger tu derecho, incluso aunque la persona que lo disputa también lo necesite. El embarazo y la crianza son hechos que afectan de tal modo a la propia vida, que estamos hablando de un choque entre derechos elementales.

    En el caso del desierto que planteas, habría que valorar en primer lugar si la exigencia de cuidado es heroica en ese caso. Hay casos en los que a las personas no les queda más remedio que cometer un acto atroz para poder sobrevivir. Para valorar el heroísmo también hay que plantearse si existe un compromiso previo expreso con la actuación heroica. Por ejemplo: consideramos obligatorio moralmente que un bombero entre en el fuego para intentar salvar a alguien, pero no lo consideramos moralmente obligatorio en alguien que no es bombero. Jarvis considera que el compromiso previo sube el estándar de lo que cabe considerar heroísmo. Un bombero tiene que correr importantes riesgos e incluso algunos que, en no bomberos, consideraríamos heroicos. Lo mismo ocurre con la madre que ha dado a luz un bebé. Tener el bebé (existiendo la posibilidad biológica y/o legal de abortar) implica una aceptación de un compromiso, y eso da lugar a una mayor dosis de obligatoriedad moral al valorar el heroísmo.

    En síntesis, la postura de Jarvis traza una distinción entre la obligación moral y la gravedad moral de un hecho. Aunque el aborto nos pareciese algo terrible, ello no tendría porqué dar lugar a la obligatoriedad moral de mantener nuestro embarazo, dado que podríamos necesitar abortar debido a los aspectos onerosos que suponen el embarazo y el parto (hay múltiples situaciones imaginables). Además, tener un bebé (y también estar embarazada) es algo demasiado serio como para constituir algo que se hace por obligación o por castigo social. Solo la mujer embarazada tiene derecho a valorar si está dispuesta a asumir ese proceso heroico.

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  10. Elías

    Si no entendiendo mal el argumento de fondo de Jarvis al final todo se reduce a que la decisión última sobre si una mujer debería o no de abortar corresponde únicamente a ella en base a cualquier argumento que pudiera darnos. Es decir, se trataría únicamente de una cuestión meramente subjetiva o psicológica. Si una mujer desea tener el hijo, es decir, responsabilizarse del mismo, ya sea implícita o explícitamente, pues que lo tenga y en caso de que no sea así pues simplemente que no lo tenga. Ya está, eso es todo. Al final, y salvo que me esté equivocando, todo el pensamiento filosófico de dicha filósofa se reduce a tal cuestión.

    No conozco a Jarvis pero parecería que defiende un relativismo moral y una teoría subjetivista en torno a los valores. Cada cual posee sus valores y no hay valores mejores o superiores a otros. Quien desea tener a un hijo que lo tenga, quien no lo desee, pues que no lo tenga, quien desee ayudar a otros seres que sufren que lo haga y quien no lo desee pues que no lo haga. En principio no somos responsables de ningún ser humano (semilla o alcornoque) salvo, y por deseo de nuestra propia voluntad, hacernos responsables de los mismos. Yo al menos no entendería muy bien el porqué, y después de lo dicho por Jarvis, deberíamos de ser responsables de otros seres humanos salvo que así lo decidiéramos expresa o implícitamente. Personalmente no considero que esa teoría filosófica contribuya a construir un mundo mejor. ¿Por qué tendríamos que ser responsables de cualquier otro ser humano o por qué tendríamos que ser responsables con la naturaleza?

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  11. jajugon

    Gracias por tu entrada, Tasia.

    Sería interesante entender mejor cómo se supone que Jarvis “refuta brevemente el argumento de que el feto es una persona, señalando que se basa en la falacia de la pendiente resbaladiza”. Si se trata simplemente de algo como lo que describes, creo que su simplificación del debate es interesadamente grosera. Efectivamente, la conocida paradoja sorites que hizo famosa Eubulides es, una vez más, fundamental para entender cómo funciona nuestra comprensión del mundo. Y, a su vez, resulta crucial para entender cómo con ella procedemos a hacer el juicio moral de nuestras acciones. Pero despacharla de un plumazo negando que el feto pueda ser una persona porque el alcornoque no es una semilla en realidad ignora un problema más profundo: tendemos naturalmente a estructurar nuestras categorías y juicios morales de forma estricta – quizá por economía evolutiva – pero la realidad siempre es gradual, difusa, no encaja tan sencillamente en esas categorías, siempre reductivas y simplificadoras. Y eso también le afecta a Jarvis.

    De hecho, al margen de la discusión moral, cuando se ha intentado históricamente implementar legalmente lo que pueda ser «ético», o «justo», en lo que se refiere al aborto, los modelos han ido progresivamente adaptándose a situaciones en las que no hay blancos y negros tan definidos, sino más bien grises (basta pensar en la propia despenalización, las leyes de los supuestos, las leyes de plazos, los atenuantes, etc.).

    Sin embargo, en este comentario, voy a dejar de momento a un lado el enormemente denso enfoque del problema del aborto basado en el debate sobre cuándo podemos considerar que el óvulo fecundado persona. Daría para hablar mucho, e incluso escribir una entrada – como tenía en mente pero no he conseguido aún sentarme a escribir – sobre el problema que supone en general que en mayor o menor medida “necesitemos” de esas categorías cerradas y estrictas para comprender la realidad y pronunciarnos en juicios morales, y ello no cabe en un comentario a tu entrada.

    Simplemente me gustaría advertir cómo ese debate que Jarvis parece querer jugar a dar por superado en su contra para seguir argumentando a favor de la legitimidad moral aborto en cualquier caso se enfrenta en el fondo al mismo problema de Eubulides: ¿consideraríamos aplicable el dilema del violinista si el bebé hubiera ya nacido? Imaginemos por un momento a una madre, que da a luz en mitad de un desierto. No tiene asistencia alguna en la que apoyarse para cuidar o al que incluso entregar a su bebé y por tanto, el bebé depende completamente de ella, de su cuerpo, de sus fuerzas, para poder sobrevivir. ¿Sería moral que lo dejase morir?

    Según los argumentos que nos traes de Jarvis con su violinista no veo por qué no podría intentar aplicarlos en este caso: Como pretendía Jarvis con su ejemplo, aquí es irrelevante qué llevó a esa madre a ese desierto, y cuánto tiempo tendrá que pasar allí. En ese escenario, según Jarvis, si la madre hubiera intentado provocarse un aborto, el acto no habría sido inmoral. Pero pensando en que no lo hubiera conseguido, un instante después, justo cuando ella podría considerar que la semilla ya es alcornoque, y el niño hubiera nacido ¿estaría legitimada a acabar con su vida?

    En mi opinión, cualquier intento por radicalizar cualquier postura moral se enfrenta a este problema epistemológico de fondo y Jarvis incurre en la misma falacia que pretendía haber dado por desmontada y jugar a sentirse eximida de ella.

    Por ejemplo, el argumento que Jarvis ofrece sobre el abrigo que se disputan Jones y Smith, de nuevo descansa en la supuesta obviedad de que hay una legítima y absoluta “propiedad” del abrigo. Pero estoy convencido, Tasia, de que ese argumento te rechina a ti también, y de que convendrás conmigo en que existen situaciones en las que el bien común cuestiona la absoluta legitimidad de la propiedad privada. En el caso que yo planteaba, si la madre argumenta como Smith que su capacidad y fuerza para lograr que exclusivamente ella sobreviva son legítimamente de su propiedad, probablemente nos costaría mucho criticar su acción, pero ¿es tan fácil asumirla como moralmente buena?

    Vuelvo a la pregunta que lanza Jarvis una vez planteado su dilema del violinista, esta vez ante el ejemplo de la madre en el desierto: no cabe duda de que alabaríamos que cuidase de su bebé e intentase que sobreviviera. Y de que si no lo hiciera, difícilmente podríamos penalizarla legalmente, o al menos hallaríamos enormes atenuantes (su propia supervivencia estaba también en juego). Pero, ¿podríamos limitarnos a decir que si efectivamente le ayudase a sobrevivir sería simplemente “muy amable por parte, una obra de altruismo”? ¿no consideramos más bien que hay cierta obligación moral en ello?

    Y retrotrayéndonos por la pendiente resbaladiza, si Jarvis no consiguiera convencernos con sus argumentos, ¿qué diferencia habría entre ese microsegundo posterior al parto y al anterior? Al final, regresamos al problema que Jarvis parecía dejar a un lado y que, normalmente, suele seguir centrando la atención de la discusión bioética: cuándo podemos considerar que el feto es una persona.

    Gracias por tu guante. Creo que me animaré a retomar la entrada pendiente sobre Eubulides y la interrupción del embarazo.

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